SONORA.- Con algunas modificaciones, el Congreso del Estado aprobó esta tarde las leyes de ingresos de los 72 municipios de Sonora, en una sesión que tuvo una duración aproximada de seis horas.
En el Pleno también se aprobó el paquete económico del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal 2024 que consta de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, así como el Presupuesto de Egresos.
“Del análisis realizado por esta comisión (Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales) dictaminadora a los 72 anteproyectos de leyes de ingresos y presupuestos de ingresos para el ejercicio fiscal 2024, pudimos percatarnos que en 42 de dichos anteproyectos, se han encontrado diversas disposiciones fiscales que son contrarias a lo que mandatan las constituciones políticas, tanto la Federal como la Estatal, en materia de derechos humanos, de las cuales, destacan las que se detallan a continuación”, refirió el dictamen que se leyó.
Sobre las leyes de ingresos que vulneran el derecho de acceso a la información se encuentran en los municipios de Agua Prieta, Álamos, Altar, Átil, Bacanora, Bacoachi, Bácum, Baviácora, Benito Juárez, Benjamín Hill, Cajeme, Cananea, Carbó, Cucurpe, Empalme, Etchojoa, Fronteras, Guaymas, Huatabampo, Ímuris, Magdalena, Nacozari de García, Navojoa, Nogales, Puerto Peñasco, Rayón, San Luis Río Colorado, Santa Cruz, San Miguel de Horcasitas, Tubutama, Ures y Villa Hidalgo.
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Los cabildos establecieron costos elevados en el valor de fotocopias o impresiones, que de acuerdo al artículo 145 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, la información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples, por lo que no establecer con claridad los términos servicio supone una vulneración al derecho humano de acceso a la información pública.
El caso de Agua Prieta
Los legisladores modificaron la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Agua Prieta, luego de que pretendía sancionar los gestos, actitudes o palabras en espectáculos públicos que molestaran a otros, lo cual se considera claramente como una violación del derecho humano de la libertad de expresión.
“De igual forma se eliminan las sanciones por dirigir a las damas requiebros, galanteos, invitaciones o cualquier expresión, que denote falta de respeto y ofenda al pudor de estas; proferir palabras o asumir actitudes obscenas o groseras, hacer gestos, señales o bromas que causen molestias a las personas; producir ruidos que turben la tranquilidad de las personas; así como instalar y utilizar bocinas, amplificadores y en general cualquier aparato de sonido en lugares públicos, sin el permiso correspondiente…”, refiere el dictamen.
Más modificaciones
Tocó a los ayuntamientos de Agua Prieta, Álamos, Cajeme, Cananea, Cucurpe, Empalme, General Plutarco Elías Calles, Guaymas, Huatabampo, Magdalena, Moctezuma, Naco, Navojoa, Nogales, Oquitoa, San Miguel de Horcasitas y Ures, donde se encontró que proponían multas para quien permitiera el acceso a personas ebrias, vendedores o limosneros al transporte público o colectivo, y a los que se presentaran a trabajar con falta de aseo personal, lo cual se tilda de inconstitucional al contravenir el derecho a la no discriminación por razón de condición.
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