La obligación de registrar líneas telefónicas móviles en México antes del 30 de junio de 2026 sigue generando dudas y debate entre usuarios, especialistas y abogados, luego de que autoridades confirmaran que quienes no realicen el trámite podrían enfrentar la suspensión de su servicio.
La medida, impulsada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), busca que cada línea telefónica esté vinculada con datos personales como nombre completo y CURP, con el argumento de ayudar a combatir delitos como extorsiones y llamadas anónimas.
Sin embargo, el tema ha provocado preocupación entre parte de la población por temas relacionados con privacidad y posibles filtraciones de información. Abogados constitucionalistas señalaron que varias personas ya analizan opciones legales para intentar frenar o impugnar el registro obligatorio.
De acuerdo con los lineamientos oficiales, las compañías telefónicas podrán almacenar únicamente nombre del titular, CURP y número telefónico. Además, autoridades aclararon que no está permitido recopilar datos biométricos como huellas digitales, reconocimiento facial, fotografías o copias de identificaciones oficiales.
Especialistas también recordaron que en años anteriores la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó proyectos similares como el RENAUT y el PANAUT, al considerar que afectaban derechos relacionados con privacidad y protección de datos personales.
Actualmente, abogados señalan que las personas todavía podrían presentar amparos una vez que exista una suspensión de línea o un acto oficial de aplicación de la medida. Mientras tanto, la CRT mantiene el objetivo de registrar millones de líneas antes de la fecha límite establecida.




