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Así quedan vacaciones de acuerdo con la antigüedad en la empresa

Así quedan vacaciones de acuerdo con la antigüedad en la empresa

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Dic 28, 2022 2:11 am MST
en Nacional
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El Gobierno federal publicó el decreto que hace oficial la reforma a Ley Federal del Trabajo para elevar el periodo vacacional anual para los empleados en México.

 El decreto de reforma en materia de vacaciones, publicado este martes 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entra en vigor el 1 de enero de 2023.

 Con el aumento de vacaciones, éstas pasan de 6 a 12 días mínimo por un año de trabajo, y se podrán tomar en días seguidos o separados.

Se reformaron los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar así:

 Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

 Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

Así quedan las vacaciones de acuerdo con la antigüedad en la empresa de los empleados:

  • 1 año de servicio: 12 días laborables de vacaciones
  • 2 años: 14 días
  • 3 años: 16 días
  • 4 años: 18 días
  • 5 años: 20 días
  • 6 a 10 años: 22 días
  • 11 a 15 años: 24 días
  • 16 a 20 años: 26 días
  • 21 a 25 años: 28 días
  • 26 a 30 años: 30 días
  • 31 a 35 años: 32 días

 Las modificaciones son aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de entrada en vigor del decreto, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.



Lea el artículo completo aquí.

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