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Bajan 27.2% llamados por allanamiento de morada: Policía Municipal de Hermosillo

Bajan 27.2% llamados por allanamiento de morada: Policía Municipal de Hermosillo

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Jul 3, 2023 5:12 pm MST
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HERMOSILLO, Sonora.- Mientras los casos por allanamiento de morada disminuyeron en un 27.2%, los arrestos por este delito aumentaron en un 18%, en el primer semestre de 2023, en comparación con el mismo periodo del año pasado, según cifras de la Policía Municipal de Hermosillo.

Las autoridades policiacas informaron que del 1 de enero al 27 de junio de este año se registraron a través de la línea de emergencia 911, un total de 3 mil 662 reportes ciudadanos por entrar a un domicilio o local de una persona sin su consentimiento.

En tanto, en ese mismo lapso de 2022 hubo 5 mil 030 casos reportados, lo cual refleja una reducción en los llamados de auxilio por allanar un domicilio, en relación con el 2023.

Dicha corporación policiaca dio a conocer que del 1 de enero al 27 de junio de 2023, en comparación al 2022, hubo un incremento en el número de detenciones por el delito de allanamiento de morada.

En dicho lapso, la Policía Municipal reportó 114 aprehensiones en este año, mientras el año pasado hubo 92.

EN OCASIONES PARA ROBAR

Carlos Vázquez Vega, policía segundo y coordinador operativo de Atención Ciudadana, explicó que el delito de allanamiento de morada es cuando una persona sin causa justificada, sin mandamiento de autoridad competente o sin el consentimiento del morador se introduce a un domicilio.

Lo hace con un fin (responsable), muchas veces es por cometer un robo, a veces no traen el objetivo de lo que se van a llevar o de lo que pretenden, muchos lo hacen con el fin de sustraer algo”, externó.

En este contexto, abundó, los elementos de la Policía Municipal de Hermosillo, cuando atienden estos casos toman todas las precauciones porque el desconocido que allanó puede estar armado y no saben el tipo de herramientas que usó para entrar y que los pueda hacer armas.

“El delito se da en diferentes partes, Hermosillo es muy grande, pero en un momento dado pueden suceder dos o tres en una misma colonia, está en todas partes, aquí no hay un estatus social para este tipo de delito”, expuso.

NO SE PONGA EN RIESGO

Hay casos en los que el ciudadano enfrenta a los delincuentes que allanan el domicilio, pero lo recomendable es que no se expongan porque el vecino puede resultar acusado de agresión.

“Pedimos que no se expongan”, recomendó, “no sabemos el estado emocional en que la persona va; si va drogado o si va con el objetivo de dañar a alguien”.

Pero si las personas lo lesionan a él (delincuente), lo agarran a golpes, lo amarran, lo dejan bastante lesionado, este tipo de personas se convierten en víctimas”, destacó Vázquez Vega.

Incluso, el presunto allanador afectado por los golpes puede demandar a los vecinos y dar versiones diferentes por las que fue acusado para deslindarse del delito de allanamiento de morada, advirtió.

HASTA 12 AÑOS DE PRISIÓN

Artículo 240 del Código Penal del Estado de Sonora:

  • Delito: Allanamiento de morada, asalto y delito de desplazamiento forzado interno.
  • Se impondrá prisión de 2 a 10 años y de 100 a 150 unidades de medida y actualización, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca, furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a una posesión o propiedad habitada o deshabitada, a un departamento, vivienda, finca, edificio, predio, rancho, parcela, milpa, baldío, patio, terreno, casa móvil, aposento o dependencias de una casa habitación, o cualquier inmueble que sirva de albergue, residencia, hogar o morada de las personas. Este delito aumentará la sanción, con prisión de 3 a 12 años y hasta 1,000 unidades de medida y actualización, a la persona que al momento de allanar una morada realice alguno de los siguientes actos:
  • I.- Cuando el allanamiento se ejecute utilizando armas de fuego.
  • II.- Empleándose violencia en las personas.
  • III.- Cuando el allanamiento se realice de noche o por dos o más personas.
  • IV.- Valiéndose de identificaciones falsas o supuestas órdenes provenientes de alguna autoridad, violente el domicilio.
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